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¿Cuántos días transcurren entre la muerte y el entierro?

Sep 24, 2020 | Sin categoría

En este post damos respuesta a una de las preguntas más comunes en el momento del fallecimiento de un ser querido: ¿cuántos días transcurren entre la muerte y el entierro?

Los días entre muerte y entierro y los trámites que hay que pasar son cuestiones con las que no solemos estar familiarizados hasta que alguien cercano fallece.

En las horas posteriores a la muerte de un ser querido es importante centrarse en el duelo, es decir, en pasar tiempo en familia recordando al difunto y recibir el cariño de las personas que le rodean. Para poder hacerlo, es aconsejable tener la suficiente información de antemano, así que te invitamos a seguir leyendo.

Cuánto tiempo pasa entre el fallecimiento y el entierro

El tiempo mínimo que tiene que pasar desde el fallecimiento hasta el entierro o incineración es de 24 horas. A lo largo de los años los trámites se han agilizado de tal manera que suele ser incluso menor el tiempo que el cuerpo pasa en el tanatorio, la capilla ardiente o el domicilio de la persona fallecida. También se puede alargar, pero no pasará de las 48 horas.

Esto es así en caso de que se produzca una muerte natural. Si se trata de fallecimiento por causas repentinas o violentas, como un accidente, un suicidio o un asesinato, la defunción pasa a denominarse muerte judicial y el lapso de tiempo puede ser mayor.

Y es que en estos casos tiene que intervenir directamente el juzgado, que puede dar instrucciones de traslado al Instituto Anatómico Forense para practicar la autopsia. Será la autoridad la que dé luz verde llegado el momento, aunque es frecuente que tampoco pasen más de 48 horas. Por otra parte, si la intención es incinerar al cadáver hay que solicitarlo expresamente.

¿Cuánto tiempo dura el velatorio?

El  momento de velar un cuerpo es cuando mucha gente aprovecha para dar el pésame a los familiares y amigos más allegados y cercanos. Antiguamente, la duración de un velatorio rondaba los dos días, en los cuales toda la familia se quedaba acompañando al fallecido. 

En la actualidad, este acto depende más de cada familia, pero lo mínimo es entre ocho y nueve horas. 

No es obligatorio velar el cuerpo en un tanatorio aunque sí es una opción muy recomendada, puesto que es una instalación preparada para mantener una higiene y la conservación óptima del cuerpo del fallecido. Por otro lado, tanto los familiares y amigos como los visitantes estarán mucho más tranquilos y cómodos, dentro de lo que cabe, para poder afrontar estos duros momentos, gracias a las salas de espera, preparadas con sofás, y a las instalaciones compartidas como las cafeterías o los jardines exteriores. 

¿Existe un límite máximo de días después del fallecimiento para organizar un funeral?

El Ministerio de Sanidad no establece ningún límite de tiempo para el cierre del féretro o la inhumación de las cenizas. Más bien, recomienda que los municipios sean quienes elaboren las normas respecto al momento del entierro. 

Estas normas deben regirse en base a una serie de condiciones como pueden ser las características climáticas y medioambientales de la zona. En los meses de verano de las zonas cálidas, el cuerpo se descompondrá con mayor rapidez. Mientras que en los meses de invierno y en lugares más fríos, la descomposición será mucho más lenta. 

Por norma general, e independientemente del zona, cuando el médico firma el certificado de defunción, es el momento idóneo de acudir a la funeraria, la cuál se encarga de la ceremonia fúnebre y del entierro.

Qué trámites deben realizarse durante ese periodo

Lo primero es obtener el certificado de defunción. El trámite será más rápido si la persona fallece en un hospital, pues el médico lo expedirá en cuanto confirme su muerte. Si fallece en casa, habrá que esperar a que venga un facultativo a reconocer el cadáver y confirmar la muerte. En este documento, además de los datos necesarios, el médico indica la intención de la familia de incinerar el cadáver. Además, es momento de comprobar si la persona tenía contratado seguro de decesos.

Lo siguiente será inscribir la defunción en el Registro Civil de la localidad donde se haya producido el fallecimiento. Es un trámite del que se suele ocupar la funeraria, y para lo que necesita el certificado, el nombre de la persona fallecida, su fecha y lugar de nacimiento, su DNI, el estado civil, la nacionalidad, su última dirección, los datos de inscripción del nacimiento y el lugar, día y hora de la muerte. Si la familia ya sabe dónde se producirá el entierro, también se debe indicar.

Una vez se tramite la defunción en el Registro Civil, se obtiene una licencia para proceder al sepelio o incineración, para lo que ya decimos que deben transcurrir 24 horas. Por eso es importante comenzar los trámites a la mayor brevedad posible.

Será la funeraria la que se ocupe de traslados y gestiones con el tanatorio y las autoridades administrativas, pero lo más habitual hoy día es que durante ese tiempo mínimo el cadáver se vele en el tanatorio. Es el momento de proceder al envío de flores para obsequiar a la familia y tratar de aliviar su pena.

Ahora ya sabes cuántos días transcurren entre la muerte y el entierro y cuáles son los trámites que hay que realizar.

Los días entre muerte y entierro se reducirán a uno en caso de muerte natural, más tiempo si se trata de una muerte judicial que requiere autopsia. Es importante comenzar cuanto antes los trámites para minimizar el tiempo y que la familia pueda descansar, para lo que la funeraria siempre será de ayuda.

Esperamos que no te queden dudas acerca de cuántos días transcurren entre la muerte y el entierro de una persona.

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