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Testamento ológrafo: qué requisitos debe cumplir

Abr 12, 2021 | Herencias

La muerte es un camino que todos recorreremos y para el que es preciso estar preparados. Son muchos los preparativos tras la muerte de un ser querido: organizar el sepelio, comprar flores, coronas y ramos urgentemente, el tanatorio, la apertura del testamento, etc. Por eso es importante preparar este momento y otorgar testamento. Nuestra legislación prevé diferentes tipos. De hecho, está permitido el testamento ológrafo en España. ¿Qué hay que cumplir para que este testamento low cost sea considerado válido?

Qué es un testamento ológrafo

El testamento ológrafo es aquel escrito por el propio testador, es decir, es el realizado de forma manuscrita por la persona que quiere disponer sobre sus bienes para después de su muerte. Este tipo de testamento no ha sido validado ante notario, por lo que solo será válido cuando se cumplan una serie de requisitos.

Aunque el testamento ológrafo tiene la ventaja de ser secreto, sin duda, lo mejor es llevar a cabo un testamento abierto ante notario, ya que se evita un gran número de papeleo y gastos a los herederos y el posible incumplimiento de la última voluntad por la invalidez del testamento.

Cuáles son los requisitos de un testamento ológrafo

Para que el testamento ológrafo sea válido es necesario que se cumplan ciertos requisitos. Los requisitos de un testamento ológrafo son los siguientes:

  • Deberá ser otorgado por mayores de edad.
  • Deberá ser otorgado por una persona que se encuentre en su sano juicio y que sepa escribir.
  • Solo podrán otorgarlo las personas físicas, es decir, los particulares.
  • Deberá constar de forma clara la intención de otorgar testamento. Esto significa que, aunque en el manuscrito no aparezca la palabra testamento, se debe entender claramente al leer el documento que la voluntad del testador era disponer de sus bienes y derechos para después de su muerte.
  • Deberá estar escrito del puño y letra y firmado por el testador. De esta forma, si existieran palabras escritas por terceras personas, el testamento será nulo.
  • Deberá figurar la fecha. Se deberán señalar el año, el mes y el día en que se ha escrito.
  • Deberá protocolizarse. Esto es: el testamento ológrafo deberá presentarse ante notario en los cinco años siguientes a la muerte del testador.
  • Si hubiera en el testamento palabras tachadas o enmendadas, el testador deberá firmar debajo de las mismas para que estas sean consideradas válidas. En este caso, salvo que las palabras tachadas o enmendadas afecten al contenido esencial del testamento, este será válido.

Cuál es la validez de estos testamentos

Es válido un testamento ológrafo siempre y cuando se cumplan todos los requisitos anteriores. Si no se cumpliera alguna de dichas condiciones, el testamento será nulo. En este caso, se aplicará la sucesión intestada y no se respetará la voluntad del difunto.

Una vez cumplidos todos los requisitos, la validez del testamento ológrafo será la de cualquier otro tipo testamento, es decir, tendrá validez plena.

 

Está claro que no es obligatorio acudir al notario para dejar listo el testamento. Nuestro ordenamiento jurídico prevé diferentes tipos de testamentos, entre los que se encuentra el testamento ológrafo. Este tipo de testamento ahorra la visita y los gastos del notario. Sin embargo, es fundamental tener muy en cuenta qué condiciones se han de cumplir para que se respete nuestra voluntad.

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